Derechos de los pueblos y barrios originarios y comunidades indígenas residentes en la Ciudad de México. Grupo de atención prioritaria
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Voz y traducción en lenguas indígenas: Personas Beneficiarias Facilitadoras de Servicios de Interpretación, Traducción e Intervención para una Atención Múltiple de la Secretaría de Pueblos y Barrios Originarios y Comunidades Indígenas Residentes de la Ciudad de México. Coedición con la Secretaría de Pueblos y Barrios Originarios y Comunidades Indígenas Residentes La Constitución Política de la Ciudad de México reconoce que la capital del país tiene una composición pluricultural, plurilingüe y pluriétnica debido a que sus habitantes, pueblos y barrios originarios y comunidades indígenas residentes le brindan una enorme riqueza cultural y social. En este folleto se mencionan los derechos que tienen los pueblos, barrios y comunidades que integran este grupo de atención prioritaria, así como algunos de los mayores obstáculos que aún enfrentan y que limitan el ejercicio de sus derechos. Asimismo, se identifican las obligaciones de distintas autoridades de la Ciudad de México para promover, respetar, proteger y garantizar sus derechos humanos. |
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